Covid-19 Desk


La incidencia económica de la crisis de la Covid-19 está llevando al límite a innumerables personas, profesionales y empresas, dificultando el cumplimiento tempestivo de las obligaciones contractuales y legales.

Ante circunstancias excepcionales sobrevenidas, es posible flexibilizar las obligaciones contractuales de mutuo acuerdo, o incluso por vía contenciosa siempre que se cumplan determinados requisitos, al objeto de paliar los efectos perniciosos para las partes de dichas circunstancias, mediante la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus.

En Lextime Corporate hemos adoptado las medidas necesarias, tanto para resolver las dudas que puedan surgir respecto de la incidencia que el Covid-19 pueda llegar tener en materia contractual y legal en personas, profesionales y empresas, como para planificar y ejecutar la Defensa Letrada de nuestros clientes, tanto extrajudicial como judicial, en aquellos supuestos en los que no sea posible el cumplimiento tempestivo de las obligaciones:


  • Evaluamos las obligaciones y contratos afectados por la crisis del Covid-19


  • Elaboramos cláusulas contractuales frente a la crisis del Covid-19 y en prevención de incidencias sobrevenidas (fuerza mayor, caso fortuito, modificación sustancial de las circunstancias contractuales)


  • Defendemos extrajudicial y judicialmente los intereses de nuestros clientes en los siguientes ámbitos:


  • Civil   (suspensión, exoneración, moratoria, aplazamiento, resolución de obligaciones y contratos por fuerza mayor o en virtud de la cláusula rebus sic stantibus, etc.)


  • Familia  (modificación de medidas definitivas, suspensión del pago de pensiones de alimentos, régimen de visitas, etc.)


  • Administrativo / Sector Público  (suspensión y modificación de concesiones y contratos públicos, responsabilidad patrimonial de la Administración)


  • Propiedad Horizontal, Vertical e Inmobiliaria  (cumplimiento de obligaciones de la Ley de Propiedad Horizontal, celebración de Juntas Generales, suspensión, exoneración, moratoria, aplazamiento del pago de cuotas de Comunidad, rentas arrendaticias, resolución de contratos, etc)